Aparejastur

Jornada formativa sobre la nueva LEY 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular

El Colegio de Aparejadores organizará para el próximo martes 29 de noviembre, en horario de 16:00 a 20:00h una jornada formativa sobre la nueva la Ley 7/2022 de residuos y suelos
contaminados para una economía circular, que entró en vigor el 10 de abril, y que deroga
la hasta ahora vigente Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados.

La Jornada será en formato presencial o por videoconferencia online en directo.
Las grabaciones de las sesiones no se facilitan, salvo justificación o
caso excepcional. Las plazas son  limitadas y es necesario inscribirse previamente antes del 24
de noviembre a las 13:00 h.

La formación será en la sede del Colegio, Sala polivalente.

Más información en el archivo adjunto:

ASTU_LEY 7_22 DE RESIDUOS Y JUSTIFICAR SUBVENCIONES

La normativa que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y
demolición es el Real Decreto 105/2008, y la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados
lo complementa con algunas directrices más actualizadas de carácter europeo.
Los artículos de la Ley 7/2022 que puedan afectar a los residuos de construcción y
demolición son:
– El artículo 2, donde constan entre otras definiciones la de “Residuos de construcción y
demolición”, “Residuos domésticos” (que incluyen los residuos y escombros procedentes
de obras menores de construcción y reparación domiciliaria), “Relleno”, “Suelo
contaminado”, “Tratamiento intermedio” o “Valorización de materiales”.
– En el artículo 6 Clasificación y Lista europea de residuos, se indica que la identificación
y clasificación de los residuos se hará de conformidad con la lista establecida en la
Decisión 2014/955/UE de la Comisión.
– Artículo 26 Objetivos de preparación para la reutilización, reciclado y valorización. En el
punto 1 se indica que las autoridades competentes adoptarán las medidas necesarias a
través de los planes y programas de gestión de residuos para garantizar que la cantidad
de residuos no peligrosos de construcción y demolición destinados a la reutilización, el
reciclado y otra valorización de materiales, incluidas las operaciones de relleno, con
exclusión de los materiales en estado natural definidos en la categoría 17 05 04 de la
lista de residuos, deberá alcanzar como mínimo el 70% en peso de los producidos.
– El artículo 30 Residuos de construcción y demolición, donde se indica:
1. En las obras de demolición, deberán retirarse, prohibiendo su mezcla con otros
residuos, y manejarse de manera segura las sustancias peligrosas, en particular el
amianto.
2. A partir del 1 de julio de 2022, los residuos de la construcción y demolición no
peligrosos deberán ser clasificados en, al menos, las siguientes fracciones: madera,
fracciones de minerales (hormigón, ladrillos, azulejos, cerámica y piedra), metales, vidrio,
plástico y yeso. Asimismo, se clasificarán aquellos elementos susceptibles de ser
reutilizados tales como tejas, sanitarios o elementos estructurales. Esta clasificación se
realizará de forma preferente en el lugar de generación de los residuos y sin perjuicio del
resto de residuos que ya tienen establecida una recogida separada obligatoria.
3. La demolición será preferiblemente de forma selectiva, y con carácter obligatorio a
partir de 1 de enero de 2024, garantizando la retirada de, al menos, las fracciones de
materiales indicadas en el apartado anterior.
Para facilitar lo anterior, se establecerá reglamentariamente la obligación de disponer de
libros digitales de materiales empleados en las nuevas obras de construcción.
– Disposición adicional decimocuarta Instalaciones y emplazamientos con amianto.
Recoge que en el plazo de un año, los ayuntamientos elaborarán un censo público de
instalaciones y emplazamientos con amianto incluyendo un calendario que planifique su
retirada. En todo caso las instalaciones o emplazamientos de carácter público con mayor
riesgo deberán estar gestionadas antes de 2028.
La Ley 7/2022 en su disposición derogatoria primera, deroga entre otros la Orden
MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y
eliminación de residuos y la lista europea de residuos.
Enlace al BOE: ENLACE
Adjuntamos el modelo 321 Estudio de gestión de residuos, adaptado a esta nueva
normativa.
Desde el Gabinete Técnico os aconsejamos que a partir de ahora utilicéis esta nueva versión
del EGR, y aquellos que utilizáis otros modelos, los adaptéis sustituyendo la referencia a la
Orden MAM/304/2002 derogada por la lista europea de residuos de la Decisión
2014/955/UE de la Comisión, así como actualización de las fracciones de separación, etc.

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