NOTA DE PRENSA
El Colegio de Aparejadores reclama a los Ayuntamientos la obligatoriedad legal de intervención de un profesional del sector en toda obra de arquitectura
Esta demanda responde a la preocupación suscitada por la actuación de varios Consistorios de la región, que en la tramitación de las licencias urbanísticas se abstienen del deber legal de exigir el nombramiento de un arquitecto técnico o aparejador
Oviedo, 22/06/2018
El Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos del Principado de Asturias envió esta semana un escrito a todos los Ayuntamientos asturianos reclamando el cumplimiento legal de intervención de un profesional del sector en toda obra de arquitectura.
Esta demanda responde a la preocupación suscitada por la actuación de varios Consistorios de la región que, en la tramitación de las licencias urbanísticas de obras de reforma de todo tipo de inmuebles, se abstienen del deber legal de exigir el nombramiento de un arquitecto técnico o aparejador para el desempeño de la función de director de ejecución de obra.
Este incumplimiento contraviene lo establecido en el artículo 3º del Decreto de 16 de julio de 1935, expresamente declarado vigente en el Decreto 265/1971, de 19 de febrero, en el que se dispone que “es obligatorio la intervención del aparejador en toda obra de arquitectura, ya sea de nueva planta, ampliación, reforma, reparación o demolición que en lo sucesivo se proyecte, y que se ejecute por administración o contrata, ya sea pagada o de fondos de las distintas administraciones del Estado. Asimismo, por incumplimiento de los perceptos se exigirán responsabilidades a quien corresponda y será causa de suspensión de la obra”.
Asimismo, la vigente Ley 38/1999, de Ordenación de Edificación (LOE) establece también la obligatoriedad de tal función, tal como se expresa en el artículo 13 de la misma.