PREE 5000
Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación energética de edificios en municipios de reto demográfico (con menos de 5.000 habitantes)
Destinatarios
Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública, comunidades o agrupaciones de comunidades, empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias, empresas de servicios energéticos o proveedores de servicios energéticos, entidades locales, comunidades de energías renovables o comunidades ciudadanas de energía
Ayudas a las que se puede optar
18 meses desde la fecha de notificación de la concesión de la ayuda, salvo que en la resolución se indique uno menor. Excepcionalmente ampliables a 24 meses
– Edificio construido con anterioridad al año 2007
– En edificios de uso vivienda al menos el 70% de su superficie construida sobre rasante debe estar destinado a este uso
– Proyecto/memoria redactado por técnico competente con estudio de gestión de residuos. Al menos el 70% (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos se preparará para su reutilización, reciclaje y valorización
– Certificado de eficiencia energético del edificio existente en su estado actual (debidamente registrado) y certificado de eficiencia energético del edifico alcanzado tras la reforma
– Las actuaciones deben mejorar la calificación energética del edificio, al menos, en una letra. Excepto:
– Edificios con calificación energética A
– Edificios de uso no residencial que no cuenten con un procedimiento para su calificación energética: deberán reducir su consumo de energía primaria no renovable en un 30%
– Publicación convocatoria BOPA
– Bases Asturias
– Ampliación plazo presentación solicitudes
– Autorización de gasto y ampliación de crédito